De esa manera, el tribunal revocó hoy el fallo que había dado a conocer en 2017. La votación fue 4 a 1. Carlos Rosenkrantz, la única disidencia.
La Corte Suprema de Justicia determinó que no se aplicará el beneficio del 2×1 para los condenados por delitos de lesa humanidad, en respaldo a la ley 27.362 sancionada el año pasado.
La ley 27.362, sancionada en mayo del 2017, determina que el cálculo del 2×1 «no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional».
Establece además que el cómputo de penas de 2×1 «será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley», es decir entre 1994 y 2001.
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